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PPA Mútua dels Enginyers

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Información de acuerdo a la Orden Ministerial ECC/2316/2015 relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros

Risc PPA
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Tipo de interés técnico anual en vigor hasta el 30 de Junio del 2024: 2,25% (comisión de gestión: 1% anual).

Ficha Trimestral Ficha Trimestral  (40,97 kB)
Reglamento PPA Reglamento PPA  (220,35 kB)

EL PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO DE LA MUTUA

El Plan de Previsión Asegurado (PPA) es un nuevo instrumento de ahorro destinado a la jubilación que permite complementar los planes de pensiones, o convertirse en la alternativa de los planes de pensiones, con la ventaja diferencial de ir acumulando un capital garantizado. La Mutua, una vez más, es la primera en ofrecerle las últimas novedades para garantizarle la mejor previsión.

TODAS LAS VENTAJAS, SIN NINGÚN RIESGO

El Plan de Previsión de la Mútua ofrece la posibilidad de un ahorro destinado a la jubilación con el mismo tratamiento fiscal de los planes de pensiones, con la ventaja de una rentabilidad positiva. Este sistema de previsión individual ha sido regulado legalmente el año 2007, al desarrollarse la reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), de la Ley 46/2002 de 18 de diciembre de 2002.

EL PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO DE LA MUTUA, RENTABILIDAD GARANTIZADA

El Plan de Previsión Asegurado de la Mutua garantiza una rentabilidad positiva cada semestre. Este sistema de ahorro os asegura una rentabilidad de mercado a cada momento, independientemente de la evolución de las bolsas, evitando tener que estar pendiente del comportamiento volátil de los mercados financieros.

EL PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO DE LA MUTUA: MÁS COBERTURAS

Es un seguro de vida que cubre las garantías de jubilación, invalidez y fallecimiento.

En el supuesto de fallecimiento del suscriptor antes de que se produzcan las contingencias de jubilación o invalidez, La Mútua se obliga a abonar a los beneficiarios un Capital Adicional equivalente al 1,5% del saldo acumulado. Este Capital tendrá un máximo de 12.000 euros si el asegurado es menor de 55 años y de 600 euros cuando sea mayor que esta edad.